martes, 24 de julio de 2012





febrero 7 2012


miércoles, 28 de marzo de 2012


<><><><>

apellidos y nombres
1 periodo
2 periodo
3 periodo
4 periodo
%1p
%2p
3p
4p
definitiva
3
correa garcia matias
4,5
4,8
3,9
4,6
0,9
0,96
1,2
1,8
4,87
4
palacio perez manuela
2,5
3,8
4,6
3
0,5
0,76
1,4
1,2
3,84
5
saenz hernandez ismael
3,8
4,6
3,1
4,5
0,76
0,92
0,9
1,8
4,41
2
saldarriaga castañeda estefania
3,5
3,5
2,6
4,5
0,7
0,7
0,8
1,8
3,98
1
velez zuluaga mariana
4
3
4
3,5
0,8
0,6
1,2
1,4
4






febrero 7 2012


TALLER.



En esta orientación de grupo se sensibilizará a los estudiantes sobre:





1. Funciones del personero estudiantil.


2. Funciones, deberes, derechos, requisitos, incentivos, sanciones, para contralor estudiantil.


3¿Cuáles son los otros miembros del gobierno escolar y sus funciones?







Solución



1.

  • Promover el cumplimiento de los derechos y deberes de los estudiantes como miembros de la comunidad educativa, y



·         Presentar ante el Rector del establecimiento las solicitudes que considere necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.



·         Cuando lo considere necesario, apelar ante el Consejo Directivo o el organismo que sus haga veces, las decisiones del Rector respecto a las peticiones presentadas por su intermedio. Será elegido dentro de los treinta días calendario siguientes a la iniciación de clases de un período lectivo igual. Para tal efecto el Rector convocará a todos los estudiantes matriculados con el fin de elegirlo por el sistema de mayoría simple y mediante voto secreto.



·         Recibir y evaluar las quejas y reclamos que presenten los educandos sobre lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad sobre el incumplimiento de las obligaciones de los alumnos;

Parágrafo: Las decisiones respecto a las solicitudes del personero de los estudiantes serán resueltas en última instancia por el Consejo Directivo o el organismo que haga las veces de suprema autoridad del establecimiento.



2.

DEBERES DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL



·         Propiciar acciones concretas y permanentes, de control social a la gestión de las instituciones

·         Promover la rendición de cuentas en las Instituciones educativas.

  • Canalizar las inquietudes que tenga la comunidad educativa, sobre deficiencias o irregularidades en la ejecución del presupuesto o el manejo de los bienes de las Instituciones Educativas.
  • Poner en conocimiento del organismo de control competente, las denuncias que tengan mérito, con el fin de que se apliquen los procedimientos de investigación que resulten procedentes.
  • Comunicar a la comunidad educativa, los resultados de la gestión realizada durante el periodo.

·         Conocer el Proyecto Educativo Institucional (PEÍ), el plan de mejoramiento, el presupuesto y el plan de compras de la Institución Educativa.

  • Velar por el cuidado del medio ambiente.



·         Promover en la comunidad educativa, programas para incentivar el uso racional de los recursos.

  • Aplicar para el ejercicio de sus actividades, los procedimientos y formatos dispuestos en el manual diseñado por la contraloría general de Antioquia.



·         Cumplir en las fechas señaladas, con la entrega de informes y reportes objeto del manual del contralor estudiantil, diseñado por la contraloría general de Antioquia.



·         Presentar plan de trabajo de su gestión, con base en las actividades y objetivos definidos en los instrumentos de la contraloría general de Antioquia.



·         Efectuar seguimiento trimestral al plan de trabajo sugerido a título personal.

  • Instruirse mediante los instrumentos teóricos, virtuales, presenciales, dispuestos por la contraloría general de Antioquia.



·         Seguir conducto regular de comunicación frente a presuntas inconsistencias surgidas en el control social.

  • Conservar una actitud personal adecuada frente a normas sociales, internas del manual de convivencia y en general mantener el buen comportamiento propio de un estudiante con sentido de pertenencia frente a su comunidad educativa y al perfil que representa.



·         Mantener una actitud reflexiva y propositiva que le permitan orientar una favorable gestión de control social en la institución educativa, de modo que se facilite el ejercicio paralelo en el reconocimiento de debilidades y elementos de mejoramiento continuo.

  • Sin beneficio preferente, acogerse a las normas establecidas en el manual de convivencia institucional.





DERECHOS DEL CONTRALOR ESTUDIANTIL.





·         Recibir un trato digno y respetuoso de todos los miembros de la comunidad.

  • Obtener oportunamente, y luego de concertación de espacios, la fuente de información documental requerida para la aplicación del procedimiento dispuesto por la contraloría general de Antioquia.



·         Tener la oportunidad para entrega de trabajos escolares, presentación de actividades o pruebas, cuando con ocasión de asistencia a eventos presenciales o virtuales, programados por la contraloría departamental, deba ausentarse de sus actividades.



·         Conocer oportunamente invitaciones, notificaciones y demás asuntos relacionados con su instrucción personal para el desempeño como contralor.



·         Presentar sus ideas u opiniones con respeto, coherencia y concordancia; en espacios e instrumentos señalados por la contraloría y/o autoridades educativas.



·         Obtener de instancia escolar competente, el reconocimiento del servicio social obligatorio, previa verificación de cumplimiento total de su deber como contralor estudiantil.



·         Aplicación del debido proceso y conducto regular, en todos los sucesos relacionados con su vinculación académica a la institución educativa.

  • Obtener los permisos requeridos para atender las citaciones de autoridad competente, en el ejercicio de su perfil de contralor estudiantil.
  • Posesionarse en las condiciones y términos que fije la contraloría general de Antioquia.





INCENTIVOS A LA PARTICIPACIÓN



El ejercicio del cargo de Contralor Estudiantil, equivaldrá a las horas de prestación de servicio social estudiantil obligatorio. Para hacerse acreedor de este incentivo deberá ejercer sus funciones durante todo el periodo para el cual fue elegido.





SANCIONES.



Sin perjuicio de la acción de defensa y en relación a su condición de estudiante, al contralor estudiantil le serán aplicables las normas establecidas en el manual de convivencia de su institución educativa.



3.






CONFORMACIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR:



Cada establecimiento educativo del Estado tendrá un Gobierno Escolar conformado por el Rector, el Consejo Directivo y el Consejo Académico.





Los voceros de los estamentos constitutivos de la comunidad educativa, podrán presentar sugerencias para la toma de decisiones de carácter financiero, administrativo y técnico pedagógico.



Tanto en las instituciones educativas públicas como privadas, la comunidad educativa debe ser informada para permitir una participación seria y responsable en la dirección de las mismas.



  • RECTOR O DIRECTOR (Artículo 127 Ley 115): Los Rectores o Directores, Vicerrectores, coordinadores, supervisores, Directores de núcleo y demás directivos docentes de las instituciones educativas estatales a que se refiere el Estatuto Docente, serán nombrados por los gobernadores, los alcaldes de distritos o municipios que hayan asumido dicha competencia, previo concurso convocado por departamento distrito.





FUNCIONES



·         Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional con la participación de los distintos actores de la comunidad educativa.

  • Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico de la institución y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar.
  • Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar.



·         Formular planes anuales de acción y de mejoramiento de calidad, y dirigir su ejecución.



·         Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer contactos interinstitucionales para el logro de las metas educativas.



·         Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo y reportar las novedades e irregularidades del personal a la secretaría de educación distrital, municipal, departamental o quien haga sus veces.



·         Administrar el personal asignado a la institución en lo relacionado con las novedades y los permisos.



·         Participar en la definición de perfiles para la selección del personal docente, y en su selección definitiva.



·         Distribuir las asignaciones académicas, y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo, de conformidad con las normas sobre la materia



·         Realizar la evaluación anual del desempeño de los docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo.

  • Imponer las sanciones disciplinarias propias del sistema de control interno disciplinario de conformidad con las normas vigentes.
  • Proponer a los docentes que serán apoyados para recibir capacitación.



·         Suministrar información oportuna al departamento, distrito o municipio, de acuerdo con sus requerimientos.



·         Responder por la calidad de la prestación del servicio en su institución.



·         Rendir un informe al Consejo Directivo de la Institución Educativa al menos cada seis meses.



·         Administrar el Fondo de Servicios Educativos y los recursos que por incentivos se le asignen, en los términos de la presente ley.

  • Publicar una vez al semestre en lugares públicos y comunicar por escrito a los padres de familia, los docentes a cargo de cada asignatura, los horarios y la carga docente de cada uno de ellos.
  • Las demás que le asigne el gobernador o alcalde para la correcta prestación del servicio educativo.



PREGUNTAS

1. Cuáles son las funciones y los miembros del

*Consejo Directivo

*Consejo académico

*Asociación de padres

*Que funciones cumple el contralor estudiantil y de qué grado debe ser.

*Que funciones cumple el personero estudiantil y de qué grado debe ser.

*Como se elige el contralor y personero estudiantil.

*Cuáles son los periodos de los personeros y contralores.


respuestas



* CONSEJO DIRECTIVO DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS ESTATALES.






ASOCIACIONES DE PADRES FAMILIA.

Para todos los efectos legales, la asociación de padres de familia es una entidad jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, que se constituye por la decisión libre y voluntaria de los padres de familia de los estudiantes matriculados en un establecimiento educativo.

Sólo existirá una asociación de padrea da familia por establecimiento educativo y el procedimiento para su constitución está previsto en el artículo 40 del Decreto 2150 de 1995 y solo tendrá vigencia legal cuando haya adoptado sus propios estatutos y se haya inscrito ante la Cámara de Comercio. Su patrimonio y gestión deben estar claramente separados de los del establecimiento educativo.

Finalidades de la asociación de padres de familia.

·         Apoyar la ejecución del proyecto educativo institucional y el plan de mejoramiento del establecimiento educativo.



  • Promover la construcción de un clima de confianza, tolerancia y respeto entre todos los miembros de la comunidad educativa.



·         Promover los procesos de formación y actualización de los padres de familia.



·         Apoyar a las familias y a los estudiantes en el desarrollo de las acciones necesarias para mejorar sus resultados de aprendizaje.

  • Promover entre los padres de familia una cultura de convivencia, solución pacifica de los conflictos y compromiso con la legalidad.



·         Facilitar la solución de los problemas individuales y colectivos de los menores y propiciar acciones tendientes al mejoramiento de su formación integral de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Decreto 2737 de 1989.



contralor

*los alumnos y alumnas de educación media básica del grado 10° de las Instituciones Educativas Oficiales



*personero

los estudiantes elegirán a un alumno del último grado

*DEL PROCESO DE ELECCION: EI Contralor Estudiantil será elegido democráticamente por los estudiantes en cada Institución Educativa; podrán aspirar a ser Contralores Escolares, , que se inscriban oportunamente según procedimiento definido por la Contraloría Departamental y previa certificación de cumplimiento de haber cursado el modulo de sensibilización, dispuesto virtualmente para el proceso.



*PERIODO: contralor Quien sea elegido Contralor Estudiantil ejercerá su cargo durante todo el año lectivo para el cual fue elegido y podrá ser reelegido por un año más

personero el año lectivo y ya.


Montaje de un ordenador


 
rnillador.

Como nota, hay que reseñar que el proceso de montaje del ordenador es similar para todos los ordenadores, cambiando únicamente los componentes y la forma de realizar algunas conexiones.
montaremos el ordenador con los siguientes componentes. Son:

·   Carcasa del PC (1).

·   Placa base (2).

·   Microprocesador (3).

·   Ventilador para microprocesador (4)

·   Fuente de alimentación (5).

·   Disco duro (6).

·   Disquetera (7).

·   DVD-Rom (8).

·   Cable Serial ATA (9).

·   Cable IDE (10).

·   Cable Floppy (11).

·   Láminas de memoria RAM (12).

·   Tornillos (13).

·   Raíles para soporte DVD-ROM (14).

·   Tarjeta gráfica
Componentes

Los pasos del montaje son los siguientes:

1- Montamos la fuente de alimentación en la parte posterior derecha de la carcasa que se encuentra abierFig. 1 Fuente de alimentación

2- Montamos el microprocesador sobre la placa base, la parte que tiene patillas del chip es la que se inserta sobre el zócalo. En este modelo de placa hay que levantar una pequeña palanca para poder meter el procesador, una vez puesto, se baja la palFig. 2 Microprocesador

3- Montamos las 2 láminas de memoria RAM sobre los slots de memoria. Las memorias solo se pueden insertar en una única posición, se han de abrir las pestañas laterales de los slots para poder meter las memorias, una vez insertadas cerramos las pestañas para que las memorias queden bien sujetas.
Fig. 3 Memoria Ram

4- Se monta el ventilador del procesador, el cual se monta encima del microprocesador sobre una plataforma ya preparada. El soporte del ventilador lleva unas palancas que han de estar levantadas para poder realizar la instalación, una vez puesto el ventilador se bajan las palancas.
Fig. 4.1 Ventilador del microprocesador

Una vez puesto el ventilador, se conecta el cable de alimentación del ventilador los pines correctos de placa.

Fig. 4.2 Alimentación del ventilador

5- Ponemos la placa base sobre la carcasa, la placa se atornillará a la carcasa a través de unos agujeros que ésta tiene hechos. La placa se ha de colocar con la zona de los conectores (puertos USB, puerto serie, puerto de red, etc) hacia el exterior de la placa, de tal manera que estos se vean desde el exterior de la carcasa.

Cabe destacar como curiosidad que la placa no esta totalmente pegada sobre la plataforma de la carcasa, si no que queda separada escasos milímetros de la carcasa por medio de unos separadores, que este en este caso ya venían con la carcasa, pero otras veces son unos tornillos que se han de montar sobre la carcasa.
Fig. 5 Placa base

6- Al tener la fuente de alimentación instalada, tenemos 3 cables que se han de enchufar para alimentar la placa base, los cuales se conectan a diferentes tipos de conectores.

El cable más grande es la alimentación principal de la placa (Figura 6.1), y el conector está situado al lado de los slots Ide, los otros 2 cables son alimentaciones secundarias de la placa (Figura 6.2). Estas conexiones se indican en el manual de la placa base.

Fig. 6.1 Alimentación principal

Fig. 6.2 Alimentaciones secundarias

7- La fuente de alimentación incluye un ventilador que se fijará sobre la parte posterior de la carcasa, que tiene una rejilla que es por donde el ventilador expulsa el aire caliente. El ventilador se ajusta a la carcasa a través de unos tornillos.

Fig. 7 Ventilador de placa base

8- Desmontaremos la bahía de 3 ¼ “ que esta montada en la carcasa para que nos sea más fácil montar la disquetera y el disco duro.

La disquetera se coloca en la bahía sobre unas guías, poniéndose más cerca de la parte superior de la bahía. La zona de la disquetera que no tiene los agujeros para los tornillos, la disquetera se tendrá que desplazar sobre las guías hasta que se alineen los respectivos agujeros de la bahía y la disquetera.

Fig. 8 Disquetera

9- Sobre la misma bahía que hemos montado la disquetera, montaremos el disco duro. Éste se introducirá y se colocará en la bahía de forma similar a lo hecho con la disquetera, la cara del disco duro que tiene la controladora (zona de chips) se pondrá mirando hacia abajo

Fig. 9 Disco duro

10- Una vez se hayan montado la disquetera y el disco duro en la bahía, ésta se colocará de nuevo en la carcasa y se atornillará para que tenga una sujeción firme.

Fig. 10 Bahía de 3 ¼

11- Realizamos las conexiones del disco duro, primero le conectamos uno de los cables de alimentación que salen de la fuente de alimentación (en este caso el conector de alimentación esta preparado para discos Serial Ata) al conector de alimentación del disco (Figura 11.1), y posteriormente cogemos el cable Serial Ata y conectamos un extremo de éste al conector del disco duro y el extremo a uno de los conectores de la placa base (Figura11.2).

Fig. 11.2 Cable Serial Ata

12- Ahora conectamos la alimentación a la disquetera, la parte rayada del conector se pone mirando hacia arriba (Figura 12.1). Posteriormente conectamos un extremo del cable floppy a la disquetera, este cable tiene un lateral con un hilo de color rojo o azul, lo que indica que este es el 1er pin, el cual se coloca en el lado más alejado de la alimentación (Figura 12.2), el otro extremo se conecta al conector de la placa base.

columna 
columna
suma
resta
producto
cociente
potencia
raiz cuadra
raiz cubica
A
B
A+B
A-B
A*B
A/B
A elevado a B
√‾A
 A (1/3)
10
2
12
8
20
5
100
3,16227766
2,15443469
11
3
14
8
33
3,66666667
1331
3,31662479
2,22398009
12
4
16
8
48
3
20736
3,46410162
2,28942849
13
5
18
8
65
2,6
371293
3,60555128
2,35133469
14
6
20
8
84
2,33333333
7529536
3,74165739
2,41014226
15
7
22
8
105
2,14285714
170859375
3,87298335
2,46621207
16
8
24
8
128
2
4294967296
4
2,5198421
17
9
26
8
153
1,88888889
1,18588E+11
4,12310563
2,57128159
18
10
28
8
180
1,8
3,57047E+12
4,24264069
2,62074139
19
11
30
8
209
1,72727273
1,1649E+14
4,35889894
2,66840165
20
12
32
8
240
1,66666667
4,096E+15
4,47213595
2,71441762
21
13
34
8
273
1,61538462
1,54472E+17
4,58257569
2,75892418
22
14
36
8
308
1,57142857
6,22182E+18
4,69041576
2,80203933
23
15
38
8
345
1,53333333
2,66635E+20
4,79583152
2,84386698
24
16
40
8
384
1,5
1,21166E+22
4,89897949
2,88449914
25
17
42
8
425
1,47058824
5,82077E+23
5
2,92401774
26
18
44
8
468
1,44444444
2,94795E+25
5,09901951
2,96249607
27
19
46
8
513
1,42105263
1,57004E+27
5,19615242
3
28
20
48
8
560
1,4
8,77325E+28
5,29150262
3,03658897
29
21
50
8
609
1,38095238
5,13284E+30
5,38516481
3,07231683
30
22
52
8
660
1,36363636
3,13811E+32
5,47722558
3,10723251